La Junta electoral avala la legalidad electoral de las publicaciones del Ayuntamiento y el alcalde en redes sociales

21:31 - Miércoles, 21 de Octubre de 2026
La Junta electoral avala la legalidad electoral de las publicaciones del Ayuntamiento y el alcalde en redes sociales
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 El organismo desestima las denuncias del PSOE contra la difusión en redes municipales de las nuevas tasas y los avances para el Ferial por considerar que no infringen preceptos del proceso electoral del 29-N  

Los socialistas llegaron a cuestionar las publicaciones del alcalde, incluso en sus perfiles personales, pero el órgano de administración electoral subraya que “no es incardinable” como infracción de la Ley Electoral 

La Junta Electoral provincial de Segovia ha rechazado de plano las denuncias del PSOE contra el Ayuntamiento de Segovia y el alcalde de la ciudad centradas en distintas publicaciones en redes sociales. El órgano de administración electoral es tajante en su acuerdo con el que desmonta las pretensiones de reproche del partido político denunciante: “las publicaciones no infringen lo establecido en el artículo 50.2 de la LOREG ni ningún otro precepto relacionado con el presente proceso electoral de elecciones generales”. 

El organismo desmonta la denuncia en la que la candidatura del PSOE pretendía poner en cuestión la legalidad de las publicaciones en redes sociales como la referida a la emisión de un informe de la Unidad de Carreteras, del Ministerio de Transportes, que en la práctica desbloqueaba el proceso de modificación del PGOU para que el Ayuntamiento pueda construir en el entorno del CIDE un espacio multiusos en el que se instalará el Ferial de Segovia. 

La publicación en redes sociales apuntaba que el Ministerio había retrasado dos años ese informe y que, por esa causa, el plazo para la construcción de esa infraestructura por el Ayuntamiento en el mandato actual quedaba reducido a seis meses. 

La Junta electoral subraya en sus fundamentos jurídicos que “lo que en realidad se está transmitiendo es una información objetiva de interés público que la parte denunciante [la candidatura del PSOE] no ha tachado de inveraz, por lo que se puede considerar que la información, además de objetiva, es veraz”, a la vez que concluye que “no se advierte ninguna campaña de logros con la información difundida” y, por tanto, “tampoco cree infringido el artículo 50-2 de la Ley electoral (Loreg). 

La Junta Electoral rechaza con la misma firmeza la denuncia del PSOE referida a la publicación en las redes del Ayuntamiento de información sobre bonificaciones y bajada de impuestos y tasas de 2027 aprobadas en el pleno de septiembre pasado, sobre la que el organismo considera que existe “un interés público en su difusión de cara a su conocimiento por los contribuyentes a los que pueda afectar”. 

Abunda en este criterio señalando que “No constituye campaña de logros el hecho de que se resalte su carácter positivo para Segovia y sus ciudadanos. Además, se trata de una información que no contiene tintes electoralistas y cuya influencia en unas elecciones generales, dado su ámbito estrictamente local, es muy remota”. 

Perfil personal 

La bizarría de la candidatura socialista también recibe el rechazo de la Junta Electoral en cuanto a la denuncia del reel referido al balance de tres años de gestión en el Ayuntamiento publicado en las redes sociales personales del alcalde, José Mazarías. Ese aspecto, el de que se trata de una publicación en perfiles particulares, es el que lleva al organismo presidido por un juez a tachar esas publicaciones de “un supuesto no incardinable en el artículo 50-2 de la Loreg”, desestimando también esta denuncia. 

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