(14/11/2013) La Junta de Gobierno Local, en la sesión celebrada el día 14 de noviembre de 2013, entre otros asuntos, ha acordado:
Primero.- Aprobar la colaboración del Ayuntamiento de Segovia con la Junta de Castilla y León para desarrollar el programa “Conciliamos en Navidad”.
Segundo.- Aprobar la firma y el envío del convenio manifestando la voluntad del Ayuntamiento de Segovia de participar en el programa, que es del siguiente tenor:
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA GERENCIA DE SERVICIOS SOCIALES DE CASTILLA Y LEÓN Y EL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA “CONCILIAMOS” EN NAVIDAD 2013, DIRIGIDO A FACILITAR LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL.
En Valladolid, a 4 de noviembre de 2013.
De una parte, D. Jesús Fuertes Zurita, Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León, en virtud de nombramiento efectuado por Acuerdo 98/2011, de 30 de junio, de la Junta de Castilla y León, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 2 del Decreto 34/2009, de 21 de mayo, por el que se reforman la desconcentración de competencias del Presidente del Consejo de Administración de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y determinadas disposiciones.
Y de otra, el Ilmo. Sr. D. PEDRO ARAHUETES GARCÍA, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de SEGOVIA, de acuerdo al artículo 21. 1b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y
MANIFIESTAN
Que es voluntad de las partes firmantes, en el ejercicio de sus respectivas competencias, procurar los medios y recursos que permitan conciliar la vida familiar y laboral de las personas, con la necesaria atención a los miembros de sus familias.
En este sentido, la Ley 1/2007 de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias en Castilla y León, establece que la Administración de la Comunidad promoverá medidas para facilitar estancias de ocio a miembros de las familias durante los períodos vacacionales.
Durante el periodo vacacional de Navidad, se paraliza el período escolar lectivo y con ello la responsabilidad de atención para los familiares directos se incrementa de forma especial. Con el programa “Conciliamos”, se pretende procurar durante las navidades del 2013, un recurso de calidad tanto para el desarrollo lúdico de los niños y las niñas, como para la conciliación de la vida familiar y laboral de sus progenitores.
Para ello, las partes suscriben el presente convenio de colaboración con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente Convenio es concretar la colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y el Ayuntamiento de SEGOVIA, para el desarrollo del programa “CONCILIAMOS” en Navidad 2013, dirigido a la atención lúdica de niños y niñas durante el período comprendido entre el 23 de diciembre de 2013 y el 7 de enero de 2014, para que sus progenitores o representantes legales puedan conciliar su vida familiar y laboral, con el contenido que se determina en el Anexo de este convenio.
Segunda. Compromisos de la entidad local.
El Ayuntamiento se compromete a:
- Aportar las instalaciones donde se desarrollará la actividad. Estas instalaciones son:
CEIP DIEGO DE COLMENARES, situado en Paseo Conde Sepúlveda, 2
CEIP ERESMA, situado en c/ Juventudes, 10
- Sufragar los gastos de funcionamiento de la instalación (luz, agua, calefacción, u otros).
- Facilitar las llaves de la instalación a quien desarrolle el programa o la forma de apertura y cierre de la misma.
Tercera. Compromisos de la Gerencia de Servicios Sociales.
La Administración de la Comunidad, a través de la Gerencia de Servicios Sociales, gestionará indirectamente el programa mediante la oportuna contratación administrativa.
La empresa adjudicataria de esta contratación desarrollará el programa en la/s instalación/es citadas, proporcionado el personal técnico especializado necesario y realizando las distintas actividades del programa en los correspondientes espacios de la instalación.
Cuarta. Vigencia del convenio.
El presente Convenio surtirá efectos desde el momento de su firma y mantendrá su vigencia hasta el día 28 de febrero de 2014.
Quinta. Otras causas de extinción del convenio.
Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula anterior, podrá resolverse también el convenio, por mutuo acuerdo de las partes o por imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de los compromisos asumidos; asimismo, cualquiera de las partes podrá desvincularse del convenio previa denuncia del mismo, que se realizará en todo caso, por escrito y con una antelación mínima de 15 días.
En el caso de extinción anticipada del convenio, la Comisión de seguimiento prevista en la cláusula siguiente decidirá sobre la forma de terminación de las actuaciones en curso.
Sexta. Comisión de seguimiento.
Para el seguimiento del desarrollo de las acciones previstas en el presente convenio, se crea una comisión de seguimiento, integrada por dos representantes de cada una de las partes signatarias de este convenio, designándose entre ellos por común acuerdo la presidencia y secretaría de la comisión.
La Comisión se reunirá cuantas veces se considere oportuno, pudiendo adoptar los acuerdos que sean necesarios para interpretar las cláusulas del presente convenio y para el adecuado desarrollo de las actuaciones previstas en el mismo.
En lo no previsto en el presente convenio, la comisión de seguimiento se somete al régimen jurídico que rige el funcionamiento de los órganos colegiados, contenido en el capítulo IV del título V de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Séptima. Naturaleza y jurisdicción.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, siéndole de aplicación el régimen jurídico establecido en el Título I de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las cuestiones litigiosas o dudas que pudieran suscitarse en la aplicación e interpretación del presente Convenio, se intentarán resolver de mutuo acuerdo, sin perjuicio de la competencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en todo caso.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio de colaboración, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha ut supra referenciado.
El GERENTE DE SERVICIOS SOCIALES DE CASTILLA Y LEÓN
EL ALCALDE DE SEGOVIA
ANEXO
CONTENIDO DEL PROGRAMA “CONCILIAMOS” NAVIDAD 2013
El programa “CONCILIAMOS” en Navidad 2013, tiene un carácter lúdico y está dirigido a niños y niñas con edades comprendidas entre los 3 y los 12 años.
El número mínimo de niños para que pueda realizarse el programa en una determinada instalación será de 15. Será el Ayuntamiento correspondiente el que fije el número máximo de niños que podrá tener cada instalación.
Los monitores que participen en el programa, proporcionados por la empresa adjudicataria del contrato por el que se ejecute el programa, tendrán una titulación de monitor de ocio y tiempo libre, de coordinador de ocio y tiempo libre, de técnico superior en animación sociocultural o de técnico superior en actividades físicas y animación deportiva.
En el programa se realizarán actividades, tanto estáticas como dinámicas, previamente planificadas, en relación con la naturaleza y educación ambiental, de carácter artístico, de carácter deportivo, de juegos con fines lúdicos y de diversión, talleres de contenidos diversos como idiomas, manualidades y otros que puedan aumentar la capacidad y destreza de las niñas y los niños participantes.
Se efectuará una planificación previa, indicando a los padres y participantes los contenidos semanales del programa y los materiales que deben llevar los niños para el desarrollo de las actividades.
El GERENTE DE SERVICIOS SOCIALES DE CASTILLA Y LEÓN
EL ALCALDE DE SEGOVIA
Convenio con la Junta de Castilla y León para desarrollar el programa “Conciliamos en Navidad”
10:52 - Jueves, 14 Noviembre
Convenio con la Junta de Castilla y León para desarrollar el programa “Conciliamos en Navidad”
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