El Ayuntamiento de Segovia ha regulado la utilización de las instalaciones y dependencias de los centros escolares públicos de la ciudad de Segovia durante el curso escolar 2018/2019, fuera del horario lectivo, por parte de entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades educativas, culturales, deportivas, asociativas u otras de carácter social. La entidad que solicite el uso de un colegio público fuera del horario escolar deberá reunir los siguientes requisitos:
- Estar constituida legalmente como entidad con personalidad jurídica propia en el momento de la solicitud.
- Ser una entidad sin ánimo de lucro.
- Estar inscrita en el RMAEC (Registro municipal de Entidades y Asociaciones Ciudadanas) en el momento de la solicitud.
- Contar con una póliza de seguro que cubra posibles daños a las personas participantes en la actividad que se pretende desarrollar en el colegio público, así como de los bienes que allí se encuentran.
La autorización estará condicionada al buen uso y funcionamiento de las dependencias del centro y se podrá anular en el momento que se tenga conocimiento de que la actividad desarrollada no sea la solicitada.
Una vez cumplimentada la solicitud se imprimirá y se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Segovia (Plaza Mayor, número 1, 40001 Segovia). Asimismo, podrán presentarse las solicitudes en el Registro Auxiliar de Urbanismo (Carretera de Palazuelos, número 7, 40.004 Segovia) y en los registros a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.