Informe de Evaluación de Edificios (antigua Inspección Técnica de la Edificación) en Segovia capital

La Ordenanza municipal para la aplicación de la Inspección Técnica de la Edificación en Segovia capital se aprobó definitivamente al ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia nº 123, el día 14 de octubre de 2011.

Aprobado por Decreto de la Alcaldía de 4 de junio de 2012 el Padrón de los Edificios en Segovia capital sujetos a la Inspección Técnica de la Edificación en el año 2.012, y publicado este anuncio en el BOP de fecha 18 de junio de 2012, finalizando el plazo de alegaciones y aclaraciones el 24 de julio de 2012.

Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.
Desde su entrada en vigor, las ITE pasan a denominarse IEE (Informe de Evaluación de Edificios), y fija la obligación de realizarles a los edificios con una antigüedad superior a 50 años, en el plazo máximo de 5 años desde la fecha en que alcancen dicha antigüedad, (es decir 55 años para presentar dicho IEE).
Por otra parte, el Informe de Evaluación de Edificios (IEE), tiene que recoger todo lo exigido para las ITE (Inspección Técnica de Edificios), incorporando al mismo dos requisitos más, que son: Accesibilidad y el certificado de eficiencia energética.
Para la confección de dicho informe, los propietarios del inmueble, podrán elegir el técnico que ellos crean conveniente, bien sea Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero, Ingeniero Técnico, etc., debiendo presentar en este Ayuntamiento un ejemplar de dicho informe.

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