Segovia, 10 de octubre de 2025
Las escasas reservas de agua almacenada en los embalses del Pontón Alto y de Puente Alta, especialmente preocupante en este último, unido a la incertidumbre en cuanto a las previsiones de lluvia durante las próximas semanas, hace que se deban adoptar medidas de reducción del consumo de agua para evitar situaciones en las que no se pueda garantizar el suministro de agua a la población.
Considerando lo dispuesto en el art. 60 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, por el que se establece la prioridad en el uso del agua para abastecimiento de población sobre cualquier otro, y de acuerdo con las facultades que se me otorgan, esta Alcaldía-Presidencia dicta el presente
BANDO
QUEDA PROHIBIDO EL RIEGO DE JARDINES, Y PARQUES PÚBLICOS O PRIVADOS CUANDO PARA ELLO SE UTILICE AGUA PROCEDENTE DE LA RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE.
Esta Alcaldía ruega a toda la ciudadanía, organismos, empresas y demás colectivos sociales, a llevar a cabo un uso racional, responsable y solidario de un bien tan escaso como es el agua y a realizar un esfuerzo colectivo y solidario de ahorro, restringiendo el consumo de agua potable, aunque ello suponga molestias e incomodidades.
Lo dispuesto en el presente Bando será de aplicación desde el día 10 de octubre de 2025 hasta que desaparezcan los motivos que justifican la medida, lo que se informará convenientemente.
Lo que se hace público para general conocimiento, encareciendo a la ciudadanía del municipio su colaboración en el cumplimiento de tales normas.
El Alcalde
José Mazarías Pérez